Respuesta al recurso parcial de reposición.
En virtud de lo expuesto en el oficio de recurso parcial de reposición radicado el 25 de Octubre de 2011 con el número 009791 y de acuerdo a los lineamientos legales contenidos en la resolución 606 de 2006, el comité de evaluación se permite manifestar lo siguiente:
El acta de evaluación establece que la asociación de pescadores artesanales del atlántico identificada con el Nit 900.081.881-3 no incluyo los soportes del informe de actividades como claramente lo señala el numeral 3 del artículo 2 de la mencionada resolución, "Presentar un informe con sus respectivos soportes, sobre las actividades que la entidad sin ánimo de lucro ha desarrollado en el área de jurisdicción de la respectiva Corporación" así mismo y para confirmar nuestra decisión, en el informe que se adjuntó al recurso de reposición se identifica en el segundo párrafo lo siguiente: "la segunda actividad que realizamos fue plantearle a la corporación autónoma regional del atlántico la necesidad de elaborar un estudios del sector pesquero de la zona oriental,.... "además describiéndose como tercera actividad "prestar asesoría jurídica a la asociación de pescadores de santa licia (lucia), por presentarse diferencia con otra organización " al revisar los documentos soportes notoriamente nos podemos dar cuenta que ninguno de estos se relaciona a las actividades que el informe describe, tanto que ningún certificado corresponde a la asociación de pescadores de santa lucia, organización que debe certificar la tercera actividad, como tampoco la certificación por parte de alguna organización de la formulación o planteamiento de la necesidad de elaborar un estudio sobre el sector pesquero.
Por tanto y teniendo en cuenta lo expuesto en este documento no es procedente su solicitud de inclusión de la organización ASOCIACION REGIONAL DE PESCADORES ARTESANALES DEL ATLANTICO con Nit 900.081.8
Esperando poder haber resuelto sus inquietudes,
Respuesta al recurso parcial de reposicion