
Elizabeth Pezzano
Jefe Oficina Control Disciplinario Interno
Perfil Profesional
Abogada egresada de la Universidad del Atlántico, con especialización en Derecho Administrativo de la Universidad Santo Tomás (Bogotá). Cuenta con más de 34 años de experiencia en el sector público y 15 años de trayectoria en materia disciplinaria, consolidándose como una referente en el ámbito jurídico-administrativo.
Actualmente, se desempeña como Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno en la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA), donde lidera procesos de vigilancia y control en el cumplimiento normativo.
A lo largo de su carrera, ha ejercido roles estratégicos como abogada externa en entidades como la Personería Distrital de Barranquilla, el Concejo Distrital de Barranquilla, la Universidad Autónoma del Caribe, el Instituto Departamental de Recreación y Deportes del Atlántico (INDEPORTES) y el Instituto de Seguros Sociales (ISS) Seccional Atlántico.
Su profundo conocimiento del derecho administrativo y disciplinario, sumado a su experiencia en la gestión de asuntos legales en el sector público, la convierten en una profesional altamente calificada para la dirección de procesos jurídicos y el fortalecimiento de la ética y la transparencia institucional.
Propósito y Funciones: El objetivo de la Oficina de Control Disciplinario Interno, es ejercer la función de instrucción disciplinaria, sobre los servidores públicos y exfuncionarios de la Corporación, con observancia de las normas y procedimientos establecidos, a través de la aplicación de las leyes vigentes contribuyendo al mejoramiento continuo y excelencia de la gestión pública en aras de garantizar la debida prestación del servicio. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno, las siguientes:
1. Ejercer la facultad disciplinaria (instrucción) de conformidad con las prescripciones de la Ley 2094 de 2021, Estatuto Único Disciplinario, investigando las faltas e imponiendo las sanciones a los servidores públicos infractores de acuerdo con la Constitución y la Ley.
2. Proponer a la Oficina de Gestión Humana (o quien haga sus veces, en materia de prevención) las medidas de prevención, los programas y las estrategias de divulgación orientadas a la lucha contra la corrupción, la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y, General Disciplinario.
3. Conocer, sustanciar e instruir de oficio, por denuncia, queja o informe de servidor público, los procesos disciplinarios que se promuevan en contra de servidores y exservidores de la entidad, de conformidad con el Código General Disciplinario.
4. Informar a la Procuraduría General de la Nación, la apertura de las investigaciones disciplinarias, para lo de su competencia, teniendo en cuenta las normas que rigen la materia.
5. Notificar y comunicar las decisiones que se adopten en la etapa de instrucción, especialmente informar que, notificado el pliego de cargos, el proceso continuará en otra dependencia, con base en las funciones y competencias de la entidad y el régimen disciplinario vigente.
6. Remitir a la Oficina Asesora Jurídica, los procesos disciplinarios en los que se dicte pliego de cargos, debidamente notificados, de acuerdo con la normatividad vigente.
7. Mantener, custodiar y actualizar los archivos y registros de los procesos disciplinarios, en concordancia con la gestión de la información de la entidad.
8. Presentar informes de sus actuaciones a los organismos de control, cuando sean requeridos, con base en los procesos institucionales.
9. Las demás que le sean asignadas por la ley o autoridad competente y los asuntos que correspondan a la naturaleza de su cargo.