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CRA AMPLÍA MEDIDAS RESTRICTIVAS PARA USO DE AGUA EN ATLÁNTICO

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Con carácter de obligatorio cumplimiento, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A, a través de la Resolución No 00283 de 2014 amplía las medidas prohibitivas y restrictivas adoptadas para la regulación del uso y aprovechamiento del recurso hídrico en el departamento del Atlántico, de esta manera se quiere proteger los cuerpos de agua que desde ya comienzan a verse afectados por la fuerte sequía que padece el departamento.

Las medidas son extendidas en consideración a que el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM, en sus informes de alertas estableció que “Continua la tendencia de calentamiento de las aguas superficiales de la cuenca del Océano Pacífico Tropical, las probabilidades de que se desarrolle la fase inicial de un evento cálido a comienzos del segundo semestre del presente año son superiores al 70%. (…) y anunció que existe una posibilidad cercana al 70% de que para el trimestre Julio, Agosto, septiembre, se den condiciones favorables para el desarrollo inicial de un fenómeno de “El Niño”, y por encima del valor de que su fase desarrollo se presente en octubre, noviembre, diciembre.(…)”

A través de esta resolución se modifican los Ítems Primero, Segundo y Cuarto, del Artículo Primero de la anterior Resolución Nº000149 del 28 de Marzo de 2014, en el sentido de ampliar el tiempo señalado para la aplicación de las medidas prohibitivas y restrictivas que habían sido estipuladas por solo dos meses.

Sobre el tema, Alberto Escolar, director de la Corporación explicó que teniendo en cuenta las predicciones del IDEAM, así como de las visitas de seguimiento ambiental realizadas por parte de funcionarios de la autoridad ambiental, resulta evidente la situación en torno al comportamiento de los cuerpos de agua ubicados en jurisdicción de la CRA, razón por la cual es necesario poner en marcha planes de ahorro y uso eficiente de agua, e implementar acciones que garanticen la preservación del recurso hídrico, como derecho fundamental reconocido por la corte constitucional.

Las medidas adoptadas por la Corporación se describen a continuación.
• Restringir el caudal concesionado para las actividades productivas en un 40%, hasta tanto no se levanten las alertas y pronósticos climáticos generados por el IDEAM.
• Prohibir el otorgamiento de nuevas concesiones que comprometan la disponibilidad del Recurso Hídrico en el Departamento, hasta tanto no se levanten las alertas y pronósticos climáticos generados por el IDEAM.
• Priorizar el seguimiento a las concesiones de las fuentes hídricas más vulnerables Prohibir el establecimiento de nuevos cultivos, hasta tanto no se levanten las alertas y pronósticos climáticos generados por el IDEAM. (…)
• Reducir los volúmenes de agua para los siguientes cultivos ya establecidos: Plátano cada 5 días; Tomate cada 2 días; Yuca cada 10 días, Pasto cada 3 días.
• Prohibir y restringir algunos usos de agua que pueden poner en riesgo el abastecimiento para consumo humano y para el funcionamiento de los sistemas naturales en el Embalse El Guájaro, Cienaga El Rincón o Lago del Cisne, complejo de humedales Río Magdalena y en general de todos las fuentes de agua superficiales del Departamento.
• Restringir temporalmente los caudales, usos o consumos autorizados, estableciendo turnos para el uso del recurso o distribución porcentual de los caudales concesionados en las Cuencas, Canal del Dique, complejo de humedales de la vertiente occidental del Río Magdalena, Mallorquín y Arroyos directos al mar Caribe.
• Suspender los bombeos realizados durante las noches y fines de semana en el Embalse El Guájaro, Ciénaga El Rincón o Lago del Cisne y en el complejo de humedales del Río Magdalena.
Lago del Caujaral debe reducir en un 40% captación de agua del Cisne.
En el mismo sentido y en aras de adoptar medidas para reglamentar el uso y aprovechamiento del recurso hídrico para una administración eficiente de las aguas, la Corporación determinó reducir en un 40% el caudal concesionado a la Corporación Club Lagos del Caujaral, mediante resolución 00162 de 2014.
Como es de conocimiento público, a través de resolución Nº000186 del 15 de abril de 2008 y renovada mediante resolución Nº000266 de 2013, la C.R.A, otorgó a la Corporación Club Lagos del Caujaral, una Concesión de aguas por un término de cinco (5) años, proveniente del Lago del Cisne, con un caudal de captación de 30 Litros/seg, con una frecuencia de 3 horas/día, durante 30 días/mes, por 12 meses/año, para un volumen total de 324 m3/dia, 9720 m3/mes y 116640m3/año.
La actual resolución modifica la resolución Nº000266 de Mayo de 2013, en el sentido de reducir en un 40% el caudal concesionado a la Corporación Club Lagos del Caujaral, teniendo en cuenta el riesgo inminente de desabastecimiento de agua en el Departamento del Atlántico.

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