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14 municipios tienen sus planes de ordenamiento vencidos: C.R.A

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*La Autoridad Ambiental hace un llamado a los entes territoriales a que actualicen sus herramientas de planificación a propósito de la ola invernal por la que atraviesa el Departamento y gran parte del país.  

 

Con ocasión a la temporada de lluvias y la ocurrencia de algunos otros fenómenos naturales que recientemente hemos enfrentado en todo el territorio del Departamento y en gran parte del país, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico –C.R.A., a través de la Circular 010 del 2020, hace un llamado a los entes territoriales, como máxima autoridad de planeación de sus municipios, a planear y desarrollar el ordenamiento de sus municipios, por medio de las revisiones de sus Planes de Ordenamiento Territorial POT, Planes Básicos de Ordenamiento Territorial PBOT y Esquemas de Ordenamiento Territorial EOT, así como la incorporación de las determinantes ambientales, gestión del riesgo y cambio climático.  

 

A la fecha, tres municipios cuentan con Planes de Ordenamiento Territorial (POT), de los cuales dos están vencidos; otros cinco municipios cuentan con Planes Básicos de Ordenamiento Territorial (PBOT), de los cuales dos están vencidos; y quince municipios cuentan con Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), de los cuales 10 están vencidos. 

 

Es importante que aquellas entidades territoriales cuyos instrumentos de planificación se encuentren vencidos, tengan la certeza de que tenemos todo nuestro interés en acompañarlos para que realicen la revisión de los mismos, atendiendo las condiciones ambientales actuales de los territorios y de aquellas zonas susceptibles de amenazas y riesgos naturales, incorporando correctamente dentro de sus instrumentos de planificación las determinantes ambientales definidas por la Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A” precisó Jesús León Insignares, Director General de la C.R.A.  

 

Cabe resaltar que la C.R.A. tiene a disposición la información técnica y cartográfica sobre las determinantes ambientales para el ordenamiento territorial del Distrito y demás municipios de la jurisdicción del departamento del Atlántico, en las cuales se delimitan e indican, aquellas áreas y bienes y servicios eco sistémicos, que por su valor natural requieren su protección y adecuado manejo.  

 

Así mismo, tiene disponible la información cartográfica a escala 1:25.000 de la zonificación de la susceptibilidad de amenaza por inundación, remoción en masa, erosión, incendios y sismos, que podrán ser incluidos en el componente de riesgo en los Planes de Ordenamiento Territorial, además de un amplio y capacitado equipo técnico, para brindarle asistencia técnica, asesoría y acompañamiento para una adecuada incorporación de la gestión del riesgo en el componente ambiental del POT y en la elaboración e implementación de los Planes de Gestión del Riesgo Municipal.  

 

RECOMENDACIONES POR TEMPORADA DE LLUVIAS.  

 

Precisamente, ante las emergencias por las intensas lluvias presentadas durante el último mes, la autoridad ambiental recuerda que el cambio climático es una realidad y que nuestro Departamento, debido a su localización geográfica, es altamente vulnerable al aumento del nivel del mar, al aumento de la temperatura media anual, a los cambios en los regímenes de precipitaciones y a la ocurrencia de fenómenos de naturaleza océano-atmosférica. Por lo anterior, se reiteran algunas recomendaciones con el fin de prevenir y mitigar la amenaza por fenómenos naturales en el territorio:  

 

  • No permitir la ocupación y construcción en las rondas hídricas de los cuerpos de agua.  
  • No realizar desvíos ni ocupaciones de cauces que puedan afectar el flujo natural de las fuentes hídricas.  
  • Realizar una adecuada disposición final de residuos sólidos para evitar la obstrucción de cauces.  
  • Evitar la tala raza de especies forestales en las zonas altas de las cuencas hidrográficas.  
  • No permitir construcciones en zonas de laderas y de fuertes pendientes.  
  • Evitar la utilización de material vegetal como combustible.  
  • Evitar el desarrollo de construcciones o cualquier otro tipo de infraestructura en zonas costeras, susceptibles a inundaciones.  
  • No permitir la realización de rellenos de terrenos con presencia de cuerpos de agua.  

 

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