C. R. A. inicia plan de cobro coactivo a usuarios
La Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A., inició un proceso masivo de cobro coactivo a las personas naturales y jurídicas que tienen obligaciones vigentes y en mora con la Entidad, en virtud de los servicios prestados por los diferentes trámites y servicios.
El objetivo de esta estrategia de cobro, es avanzar en el recaudo de recursos que son adeudados a la autoridad ambiental, tanto empresas como personas naturales, sumando más de mil procesos de cobro coactivo.
Al respecto, el Subdirector Financiero, Tayro Pimienta Deluquez, explicó que, las deudas que por diferentes motivos se encuentran vencidas y no han sido pagadas por los distintos usuarios, serán objeto de Procesos Administrativos de cobro coactivo.
Agregó el funcionario, que de no acercarse a la sede de la Entidad a resolver su situación; el inicio del proceso administrativo de cobro coactivo es inminente, acarreándole a los deudores, situaciones más onerosas; ya que se procederá a dictar la medidas cautelares de embargo y secuestro de bienes muebles e inmuebles de propiedad de los deudores así como el embargo de sus diferentes cuentas bancarias; realizando el respectivo reporte al Boletín de Deudores Morosos del Estado y a las Centrales de Riesgo.
Por tanto, quienes tengan o crean tener deudas por diferentes conceptos con la C.R.A., deben informar a los correos Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla., Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. y Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. con el objeto de llegar acuerdos y/o facilidades de pagos.
¿Qué es el cobro coactivo?
Es un procedimiento especial contemplado en el Estatuto Tributario, que le permite a las entidades del Estado hacer efectivos directamente los créditos a su favor, sin necesidad de acudir a la jurisdicción ordinaria.
Su objeto es obtener el pago forzado de las obligaciones a su favor, inclusive mediante la venta en pública subasta de los bienes del deudor, cuando este ha sido renuente al pago voluntario de sus obligaciones.