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C.R.A REGULÓ TEMPORALMENTE OPERACIÓN DE HORNOS CREMATORIOS

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Mediante las resoluciones No 149 y 150 de 2020, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, modificó los permisos de emisiones atmosféricas de las empresas: PARQUES Y FUNERARIAS S.A.S., (Parque Cementerio Jardines de la Eternidad Norte) y CENTRALCO S.A.S. (Funeraria Los Olivos), ubicadas en el municipio de Puerto Colombia, para levantar de manera temporal, la restricción horaria de actividades de cremación de cuerpos y restos humanos durante la Emergencia declarada por el Gobierno Nacional.


Estas resoluciones emitidas por la C.R.A, modifican parcialmente lo establecido en la Resolución N° 0726 del 18 de septiembre de 2019, que define los horarios de las actividades de cremación de estas empresas, de la siguiente manera: lunes a viernes de 4:00 pm a 6:00 am, sábados de 2:00 pm en adelante, y domingos y festivos las 24 horas del día, estipulados así debido a la no concurrencia de las emisiones durante los horarios de operación de los colegios ubicados en cercanías a los campos santos.


La modificación provisional estará sujeta al tiempo durante el cual se mantenga la medida decretada por el Ministerio de Educación Nacional de prohibir las clases presenciales en los colegios públicos y privados. Una vez se levante dicha prohibición se restablecerá la restricción horaria contemplada en el numeral 5 del Artículo Segundo de la Resolución N° 0726 del 18 de septiembre de 2019 y en consecuencia, el beneficiario del permiso de emisiones deberá realizar actividades de cremación de cuerpos y restos humanos en los horarios ya mencionados.


Durante el tiempo que se encuentre vigente esta modificación del permiso de emisiones, el beneficiario deberá presentar ante la Corporación la cantidad de cuerpos y restos humanos cremados. Deberá realizar mantenimiento y limpieza del sistema de intercambio de calor pirotubular y a ambas cámaras como mínimo una vez por semana y mantener en todo momento de funcionamiento del horno crematorio un operador que cuente con las capacidades técnicas acreditadas para atender cualquier contingencia relacionada con el funcionamiento de dicho dispositivo.


Es importante recordar que en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica el Ministerio de Salud y Protección Social emitió el documento denominado “Orientaciones para el Manejo, Traslado y Disposición Final de Cadáveres por COVID 19” (en adelante el “Documento Técnico”) el cual tiene como objeto orientar a las instituciones prestadoras del servicio de salud (IPS), autoridades competentes del orden nacional, autoridades judiciales, ciencias forenses, servicios funerarios y cementerios frente al manejo seguro, transporte y disposición de cadáveres debido a la infección por el virus COVID-19, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión en los trabajadores del sector salud, funerario, familiares y comunidad en general.


La C.R.A reitera que con miras a la coyuntura actual ha estado presta a tomar las medidas administrativas, en el marco de sus competencias y también definió lineamientos de atención a los usuarios que han permitido garantizar la prestación de los servicios y minimizar los traumatismos.


Jesús León Insignares, director de la Corporación, manifestó que: “Desde el momento en que se inició la emergencia del COVID-19, la C.R.A, viene realizando las coordinaciones intersectoriales necesarias para contribuir en la solución de las problemáticas ambientales generadas en medio de la contingencia, recordando siempre que el Ambiente es de todos y entre todos se debe salir adelante en esta delicada emergencia sanitaria y ambiental”.


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