Decomiso de Flora Silvestre
El decomiso consiste en la acción de las autoridades ambientales respecto de retención material y temporal de los productos, especies e implementos utilizados para cometer la infracción ambiental, existen dos clases: Decomiso preventivo: el cual se lleva a cabo al momento de la incautación y consta de la retención material y temporal de las especies, productos de la fauna o flora silvestre o de los implementos utilizados para cometer la infracción, la segunda clase de decomiso consiste en el decomiso definitivo, que se impone una vez se ha tramitado el proceso sancionatorio a que haya lugar y se toma como una sanción al infractor que ha transportado, aprovechado, o comercializado ilícitamente especies o productos de la fauna o flora silvestre. Tomado de: http://www.corpochivor.gov.co/es/node/223
Creado: Enero 21 de 2016 - Modificado: Enero 21 de 2016 - Fabiola Duque
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