La gestión del recurso hídrico y el concepto de ordenación de cuencas hidrográficas, es el instrumento que garantiza la restauración, protección y conservación del patrimonio natural. En Colombia la obligación legal se establece en el artículo 5 de la Ley 99 de 1993, donde se definen las funciones del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y le confiere la obligación de formular las Políticas Nacionales en relación al Medio Ambiente y los recursos naturales renovables, y además, establecerá las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y fija las pautas generales para el ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas y demás áreas de manejo especial, al igual establece la competencia a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible en la ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas en el área de su jurisdicción.
De conformidad con el contexto anterior, se expidió el Decreto 1729 del 6 de agosto de 2002 modificado por e |