Proceso de cobro por sobretasa ambiental
Son recaudos que se originan por el impuesto predial o base catastral suministrada por el IGAC (Instituto Geográfico Agustín Codazzi) , de los predios que reposan en cada uno de los municipios del área de jurisdicción, estipulados en el artículos 44 de la ley 99 de 1993. Dichos recursos están destinados a la inversión para el mantenimiento y mejoramiento del medio ambiente.
Creado: Septiembre 01 de 2015 - Modificado: Noviembre 16 de 2021 - Fabiola Duque
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