Es, en Derecho, la decisión tomada en común por dos o más personas, o por una junta, asamblea o tribunal. Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades (decisión por consenso) con la finalidad de producir efectos jurídicos. El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan (Pacta sunt servanda) naciendo para las mismas obligaciones y derechos (contrato bilateralo sinalagmático), todo ello en la medida en que así lo establezca la ley aplicable.Tomado de: https://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo |